Perito Judicial en el procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor
El Código Civil establece que "los padres son responsables de los daños causados por los hijos que estén bajo su guarda" y que "los tutores lo son de los perjuicios causados por los menores o incapacitados que estén bajo su autoridad y habitan en su compañía". Y son los maestros, por otro lado, los responsables respecto a los perjuicios causados por sus alumnos o aprendices mientras permanezcan bajo su custodia. En teoría, padres, guardadores y tutores podrán eludir su responsabilidad si prueban que actuaron con la diligencia de un buen padre de familia en el cumplimiento de sus...