La prueba en el proceso penal
Tiene declarado la Sala Segunda del Tribunal Supremo que el derecho a la prueba se configura como un derecho fundamental y es inseparable del mismo derecho de defensa, pero no es ilimitado como ningún otro lo es. No existe un derecho incondicional a la prueba, y son los órganos judiciales los que están autorizados para ponderar la pertinencia y necesidad de cada una de ellas. En la misma línea tiene declarado el Tribunal Constitucional que la utilización de los medios de prueba pertinentes para la defensa, integra el contenido de un derecho fundamental contenido en el art. 24.2 de la...